Estimados/as compañeros/as:
De acuerdo con lo aprobado el pasado lunes día 23 de junio en reunión de la Comisión Ejecutiva Provincial, el criterio de asignación de delegados y delegadas al Congreso Provincial Extraordinario, que tendrá lugar el próximo sábado día 19 de julio, es de 30 militantes y fracción igual o superior a 16. Por lo tanto a nuestra agrupación le corresponde 2 Delegados/as.
El censo de militantes cerrado a fecha 26 de mayo, por el que se regirá la próxima jornada de votación del 13 de julio, lo tenéis a vuestra disposición en la Casa del Pueblo, desde el viernes 4 de julio.
Como ya sabeis, la asamblea extraordinaria para la votación tendrá lugar el próximo 13 de julio y según el artículo 5.2 del Reglamento de Asambleas, establece que la convocatoria será remitida con al menos 5 días de antelación a la militancia de la agrupación, por lo que será remitida a cada militante en la semana del 30 de junio al 4 de julio 2014, además de publicarse en nuestra web.
Según la normativa aprobada para este proceso el orden del día será el siguiente:
- Constitución de la asamblea.
- Elección de la mesa.
- Elección de delegados/as al Congreso Provincial Extraordinario.
- Votación de la consulta en relación a la elección de candidaturas para la Secretaría General del PSOE.
La votación de las candidaturas a delegados/as y la votación para la consulta se desarrollarán simultáneamente y en urnas separadas y diferenciadas.
El procedimiento para la elección de delegados/as se realizará por medio del sistema establecido en el artículo 5.2 de los Estatutos Federales.
a) Los delegados/as de los Congresos, los/as participantes en las conferencias y los miembros de los comités municipales, provinciales, insulares, regionales o nacionales y federal serán elegidos en listas completas, cerradas y bloqueadas. A los distintos Congresos no podrán asistir como delegados/as los miembros de los respectivos órganos ejecutivos.
b) En el supuesto de que existan dos listas, la minoría que obtenga como mínimo un 20 por 100 de los votos válidos a candidaturas, tendrá una representación proporcional a éstos. En todo caso, la lista que obtenga la mayoría tendrá derecho a la mitad más uno de los delegados a elegir.
c) En el supuesto de que existan más de dos listas y ninguna obtenga la mayoría, la más votada tendrá derecho a una representación de la mitad más uno de los cargos a elegir, repartiéndose el resto proporcionalmente entre las demás candidaturas que hayan superado el 20%.
d) Las listas de candidatos y candidatas a delegados y delegadas para los congresos, a participantes en las conferencias políticas a representantes en los comités del partido, deberán tener igual representación de hombre y mujeres ordenados de forma alternativa. Cuando el número de integrantes de la candidatura sea impar, la presencia de ambos sexos será lo más ajustada al equilibrio numérico, respetándose el orden alternativo entre candidatos de uno y otro sexo.
e) Asimismo la configuración de la candidatura tendrá al menos 1 suplente o en su caso la mitad en relación al número de delegados y delegadas, respetando igualmente la proporcionalidad en el caso de que existan dos listas.
Con carácter general, para poder ser elegido delegado/a al Congreso Provincial habrá que ser militante del PSOE, estar en posesión de todos los derechos como tal, encontrándose al corriente de cuotas, y estar inscrito en el Censo de militantes válido para el Congreso Federal Extraordinario.
Asimismo y según el procedimiento aprobado para este proceso y en el caso de presentación de dos o más candidaturas se establece que las candidaturas que quieran concurrir al proceso de elección de delegados/as en las diferentes Agrupaciones Municipales deberán presentarse ante la Comisión Ejecutiva Municipal entre los días 8 y 10 de julio. La Comisión Ejecutiva Municipal deberá comunicar al conjunto de sus militantes las candidaturas presentadas con antelación a la celebración de la Asamblea, entre los días 11 y 12 de julio (comunicación postal o correo electrónico).
Como notas aclaratorias en relación a la consulta en relación a la elección de candidaturas para la Secretaría General del PSOE os detallamos que las Agrupaciones Locales o Municipales serán los centros electorales en esa jornada. En relación a los interventores y apoderados de cada candidatura ante su mesa electoral, se determina que los interventores, en un máximo de dos, ejercerán sus funciones, participando con voz, pero sin voto, en la mesa electoral para la que hayan sido designados y firmando las actas de la misma, pudiendo ser suplidos libremente entre sí sin que puedan actuar ambos al mismo tiempo en la mesa, debiendo ejercer su derecho al voto en la mesa ante la que están acreditados. Los apoderados ejercerán sus funciones participando con voz, pero sin voto, en cualquier mesa electoral, no pudiendo desempeñar sus funciones de manera simultánea más de un apoderado/a de cada candidatura en el mismo centro electoral. Los apoderados votarán en la mesa en la que estén censados.
El acto de votación es único y sólo podrá interrumpirse por causa de fuerza mayor y caso fortuito. Será personal, secreto y presencial, debiendo el elector acreditar su identidad ante la mesa, exclusivamente mediante la presentación del DNI, pasaporte o carnet de conducir. La presidencia recogerá el voto y, comprobado que se ejerce el voto con un único sobre, devolverá la papeleta al elector/a, quien lo depositará en la urna.
El voto constará de papeleta y sobre, siendo aprobados los modelos oficiales para la consulta a la Secretaría General por la Comisión Organizadora, los cuales tenderemos a disposición el día 13 de julio, junto con las urnas en el momento que nos sean remitidos por parte de la Comisión Organizadora Federal.
A la hora establecida para el cierre de votación, la presidencia de la mesa anunciará el fin del acto de votación, permitiendo el voto a quienes, no habiéndolo ejercido, se hallen en el centro de votación. Posteriormente ejercerán su derecho al voto los/as interventores/as y los miembros de la mesa. Si el periodo de votación finalizase anticipadamente, es decir, porque se haya aprobado la modificación horaria o porque haya votado la totalidad del censo, el recuento de las urnas no podrá comenzar hasta las 20:00 horas, quedando en custodia del Secretario de Organización, cerradas y precintadas.
Concluidos los trámites anteriores y sin mayor dilación, se procederá al escrutinio de los votos. La validez de los votos y su consideración como voto en blanco se atendrá a lo dispuesto en la LOREG.
Si en un centro de votación se procede a realizar un recuento y/o hacerse público el resultado del mismo antes de las 20:00 horas, las personas responsables de los hechos cometerían una infracción calificada como muy grave, lo que conllevaría la adopción de las medidas sancionadoras oportunas.
Efectuado el escrutinio, la Mesa extenderá y firmará el acta con los resultados en el modelo aprobado por la comisión organizadora del proceso, que también firmarán los/as interventores/as de las candidaturas. En el acta se reflejarán las incidencias de la sesión, así como las protestas de las candidaturas. La Comisión Organizadora habilitará un formulario en el Portal de Agrupaciones para la transmisión del resultado del escrutinio, para las agrupaciones que no estén dadas de alta, se habilitará un sistema de transmisión telefónica de datos.
El acta de constitución, el acta de sesión, los censos utilizados para cada votación y las protestas si las hubiere, se introducirán en un sobre que facilitará la Comisión Organizadora, el cual deberá depositarse en la sede provincial antes de las 18:00 horas del lunes 14 de julio. Asimismo se debe incorporar a dicha documentación un anexo con el listado de los delegados/as al Congreso Provincial Extraordinario, consignando su teléfono móvil y su correo electrónico.
Sin más, recibid un cordial saludo socialista
http://www.psoe.es/source-media/000000594000/000000594477.pdf